
Dio Astacio ¿Estas Ignorando al Consejo de Regidores y sigue Violando la Ley 176-07?
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En una reciente sesión extraordinaria, los regidores de Santo Domingo Este manifestaron su creciente preocupación por la falta de transparencia y la ineficacia en la comunicación del Alcalde Dioris Anselmo Astacio Pacheco (Dio). La situación no solo ha desatado críticas, sino que también pone en evidencia varias violaciones de la Ley 176-07, que regula el régimen del Distrito Nacional y los Municipios en la República Dominicana. La falta de claridad en la gestión del alcalde y su aparente desdén por el consejo de regidores son aspectos que requieren una revisión urgente.
Violaciones a la Ley 176-07
1. Ausencia de Agenda de Trabajo Clara:
La Ley 176-07 establece en su Artículo 58 que la administración municipal debe operar con transparencia y accesibilidad. La falta de una agenda de trabajo pública y accesible para los regidores y la prensa local contradice este mandato.

El alcalde Dio Astacio, ha optado por enviar comunicados exclusivamente a medios del distrito, excluyendo a los medios locales que tradicionalmente han servido como puentes entre la administración y la comunidad.
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Esta práctica no solo limita el acceso equitativo a la información, sino que también incumple el principio de transparencia requerido por la ley.
2. Desapareción de Fondos Públicos:
A tres meses de iniciada su gestión, no se ha informado sobre el destino de 280 millones de pesos asignados para urgencias como la gestión de desechos sólidos, la seguridad ciudadana y los imbornales. Según el Artículo 96 de la Ley 176-07, el alcalde debe rendir cuentas sobre el uso de los fondos públicos y presentar informes financieros claros. La falta de información sobre estos recursos no solo genera desconfianza, sino que también infringe las normas de rendición de cuentas establecidas por la ley.

3. Salario Exorbitante y Comunicación Ineficiente:
El Artículo 68 de la Ley 176-07 establece que la administración municipal debe mantener una estructura administrativa eficiente. A pesar de que la encargada de comunicación recibe un salario superior a los 80 mil pesos, la gestión comunicativa sigue siendo ineficaz y opaca. Esta discrepancia entre el salario y la calidad de la comunicación refuerza la necesidad de una revisión más exhaustiva de la administración de recursos humanos y financieros en el municipio.
4. Prácticas de Seguridad Excesivas:
La Ley 176-07 también promueve la accesibilidad y la interacción abierta entre el gobierno local y los ciudadanos. Sin embargo, las prácticas de seguridad del alcalde, que inmovilizan a todos los presentes en el palacio municipal cada vez que él llega o se retira, resultan en una restricción injustificada del acceso público. Estas medidas no solo son incómodas, sino que también contravienen el espíritu de la ley, que busca facilitar la participación ciudadana y la accesibilidad en los espacios públicos.

La administración del Alcalde Dioris Anselmo Astacio Pacheco (Dio) presenta serias deficiencias en términos de transparencia y cumplimiento de la Ley 176-07.
La ausencia de una agenda de trabajo clara, la falta de rendición de cuentas sobre el uso de los fondos públicos, la ineficacia en la comunicación y las prácticas de seguridad excesivas reflejan una gestión que ignora los principios fundamentales de la administración pública y el buen gobierno.
Es imperativo que el Alcalde reevalúe su enfoque y actúe con mayor apertura y responsabilidad. Invitar a la prensa local a participar activamente en las actividades del ayuntamiento, proporcionar informes financieros detallados y garantizar una comunicación eficiente son pasos necesarios para restaurar la confianza pública y asegurar una gestión municipal que realmente sirva a los intereses de todos los residentes de Santo Domingo Este.
La transparencia y la rendición de cuentas son la base de una administración pública efectiva. Esperamos que el Alcalde y su equipo reconozcan la importancia de estos principios y ajusten su comportamiento en consecuencia, para el bien de la comunidad y el fortalecimiento de la democracia local.
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