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Dio Astacio ¿Estas Ignorando al Consejo de Regidores y sigue Violando la Ley 176-07?

Dio Astacio ¿Estas Ignorando al Consejo de Regidores y sigue Violando la Ley 176-07?

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Melvin SenaMELVIN SENA/01 AGO DE 2024/1 MIN/0 VISTAS

En una reciente sesión extraordinaria, los regidores de Santo Domingo Este manifestaron su creciente preocupación por la falta de transparencia y la ineficacia en la comunicación del Alcalde Dioris Anselmo Astacio Pacheco (Dio). La situación no solo ha desatado críticas, sino que también pone en evidencia varias violaciones de la Ley 176-07, que regula el régimen del Distrito Nacional y los Municipios en la República Dominicana. La falta de claridad en la gestión del alcalde y su aparente desdén por el consejo de regidores son aspectos que requieren una revisión urgente.

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Violaciones a la Ley 176-07

1. Ausencia de Agenda de Trabajo Clara:
La Ley 176-07 establece en su Artículo 58 que la administración municipal debe operar con transparencia y accesibilidad. La falta de una agenda de trabajo pública y accesible para los regidores y la prensa local contradice este mandato.

El alcalde Dio Astacio, ha optado por enviar comunicados exclusivamente a medios del distrito, excluyendo a los medios locales que tradicionalmente han servido como puentes entre la administración y la comunidad.

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Esta práctica no solo limita el acceso equitativo a la información, sino que también incumple el principio de transparencia requerido por la ley.

2. Desapareción de Fondos Públicos:
A tres meses de iniciada su gestión, no se ha informado sobre el destino de 280 millones de pesos asignados para urgencias como la gestión de desechos sólidos, la seguridad ciudadana y los imbornales. Según el Artículo 96 de la Ley 176-07, el alcalde debe rendir cuentas sobre el uso de los fondos públicos y presentar informes financieros claros. La falta de información sobre estos recursos no solo genera desconfianza, sino que también infringe las normas de rendición de cuentas establecidas por la ley.

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3. Salario Exorbitante y Comunicación Ineficiente:
El Artículo 68 de la Ley 176-07 establece que la administración municipal debe mantener una estructura administrativa eficiente. A pesar de que la encargada de comunicación recibe un salario superior a los 80 mil pesos, la gestión comunicativa sigue siendo ineficaz y opaca. Esta discrepancia entre el salario y la calidad de la comunicación refuerza la necesidad de una revisión más exhaustiva de la administración de recursos humanos y financieros en el municipio.

4. Prácticas de Seguridad Excesivas:
La Ley 176-07 también promueve la accesibilidad y la interacción abierta entre el gobierno local y los ciudadanos. Sin embargo, las prácticas de seguridad del alcalde, que inmovilizan a todos los presentes en el palacio municipal cada vez que él llega o se retira, resultan en una restricción injustificada del acceso público. Estas medidas no solo son incómodas, sino que también contravienen el espíritu de la ley, que busca facilitar la participación ciudadana y la accesibilidad en los espacios públicos.

La administración del Alcalde Dioris Anselmo Astacio Pacheco (Dio) presenta serias deficiencias en términos de transparencia y cumplimiento de la Ley 176-07.

La ausencia de una agenda de trabajo clara, la falta de rendición de cuentas sobre el uso de los fondos públicos, la ineficacia en la comunicación y las prácticas de seguridad excesivas reflejan una gestión que ignora los principios fundamentales de la administración pública y el buen gobierno.

Es imperativo que el Alcalde reevalúe su enfoque y actúe con mayor apertura y responsabilidad. Invitar a la prensa local a participar activamente en las actividades del ayuntamiento, proporcionar informes financieros detallados y garantizar una comunicación eficiente son pasos necesarios para restaurar la confianza pública y asegurar una gestión municipal que realmente sirva a los intereses de todos los residentes de Santo Domingo Este.

La transparencia y la rendición de cuentas son la base de una administración pública efectiva. Esperamos que el Alcalde y su equipo reconozcan la importancia de estos principios y ajusten su comportamiento en consecuencia, para el bien de la comunidad y el fortalecimiento de la democracia local.

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