Santo Domingo, RD: La respuesta a la pregunta de si la Constitución permite vacunar a la población contra el covid-19 aún no está clara. Si bien algunos abogados dicen que es posible, otros dicen que no.
El debate legal surge de la expectativa de que las autoridades tomen acciones para asegurar que los ciudadanos sean inofensivos frente al virus, que a la fecha ha matado a 3.600 dominicanos.
Para la constitucionalista Patricia Santana, la afirmación de que esta vacuna es obligatoria es inconstitucional, pues afirma que actualmente no existe evidencia concluyente sobre su efectividad que pueda justificar que los derechos a la integridad personal, dignidad y autodeterminación den paso a un derecho de interés colectivo.
Si bien agradece el esfuerzo realizado por el Gobierno para garantizar el acceso a la vacuna, aclaró que la Organización Mundial de la Salud no recomienda que esta medida sea obligatoria, salvo que concurran determinadas circunstancias profesionales.
“Como el personal médico, por ejemplo, lo que recomienda a los estados es adoptar medidas para informar y alentar a las personas, para convencerlas y persuadirlas de que se vacunen voluntariamente”, dijo durante una conversación con elCaribe.
Al contrario de lo que piensa Santana, otros abogados especialistas en materia constitucional, consideran que es legalmente posible obligar a la población a vacunarse contra el covid-19. Para este enfoque, se apoyan en los artículos 8 y 42 de la Constitución y 64 de la Ley General de Salud.
Para evitar el colapso total del sistema de salud y el fin de una tragedia nacional, el Estado puede imponer restricciones al derecho de los ciudadanos a elegir vacunarse o no, aseguró el abogado Cristóbal Rodríguez, también experto constitucional, que, además, creó que lo que faculta a las autoridades es el artículo 8 de la Constitución.
Dijo que este artículo reconoce que la función esencial del Estado es la protección de los derechos, pero, recalcó, que al mismo tiempo dice que estos derechos deben ejercerse en armonía con el interés general y con el respeto a los derechos. y prerrogativas de otros.
“La regla general es que toda persona tiene derecho a hacer lo que crea que quiera hacer, esto solo tiene un límite, es cuando esta libertad de hacer, esta autonomía de acción se topa con el alcance de los derechos de los demás”, declaró. . durante una entrevista con el programa de radio Gobierno de la Tarde, en Z101.
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