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Si EE.UU. se llevó a Maduro por narcotráfico, debería venir a buscar a Leonel, Abinader, Danilo e Hipólito

Si EE.UU. se llevó a Maduro por narcotráfico, debería venir a buscar a Leonel, Abinader, Danilo e Hipólito

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Melvin SenaMELVIN SENA/06 ENE DE 2026/1 MIN/0 VISTAS

En los últimos acontecimientos relacionados con secuestro político de facto contra Nicolás Maduro, por EE.UU., una parte importante de la clase política dominicana —incluidos figuras como Luis Abinader, Leonel Fernández, Danilo Medina e Hipólito Mejía— ha respaldado o justificado las acciones políticas y de presión internacional impulsadas por Estados Unidos, aun cuando estas han sido denunciadas por amplios sectores como violatorias de la soberanía venezolana.

Desde esa óptica crítica, lo ocurrido ha sido descrito por muchos analistas como un secuestro político de facto contra Nicolás Maduro, un presidente en ejercicio, electo dentro de un territorio soberano, independientemente de las objeciones que puedan existir sobre la calidad democrática de su sistema político.

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Argumentos débiles, narrativa fuerte

Los argumentos utilizados para justificar estas acciones —principalmente supuestos vínculos del gobierno venezolano con el narcotráfico y el crimen organizado— carecen, hasta la fecha, de sentencias judiciales internacionales firmes que hayan sido emitidas por tribunales competentes y reconocidos globalmente. Sin embargo, eso no ha impedido que se construya un relato mediático contundente, repetido y amplificado por medios de comunicación y comunicadores alineados a intereses políticos y geopolíticos específicos.

Partiendo estrictamente de esa lógica —argumentos débiles pero narrativa fuerte— el mismo rasero de Maduro, debería aplicarse, al menos en el plano discursivo, a Hipólito Mejía, Leonel Fernández, Danilo Medina y Luis Abinader, ya que ninguno de los gobiernos dominicanos desde 1996 ha estado completamente libre de señalamientos públicos, investigaciones indirectas, extradiciones de figuras cercanas, financiamiento político cuestionado o vínculos colaterales con estructuras posteriormente asociadas al narcotráfico, tanto en expedientes locales como en cortes y agencias de EE.UU.

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Sin embargo, así como en el caso venezolano no existe una sentencia internacional firme contra el jefe de Estado que justifique una acción extraordinaria, en República Dominicana tampoco existen condenas judiciales que permitan imputar penalmente a esos expresidentes; la diferencia es que a unos se les convierte el señalamiento en verdad operativa y a otros se les respeta el principio de soberanía y presunción de inocencia. Ahí queda expuesta la contradicción: si el estándar para actuar es la narrativa y no la sentencia, entonces debería aplicarse de forma universal; si se exige prueba y debido proceso, entonces lo ocurrido con Maduro carece de justificación jurídica real.

Aquí surge una pregunta incómoda pero necesaria:

👉 Si ese es el estándar aceptable para intervenir, presionar o capturar a un jefe de Estado extranjero, ¿por qué ese mismo estándar no se aplica de forma universal?

El espejo que nadie quiere mirar: República Dominicana

Desde 1996 hasta la fecha, no ha existido un solo presidente dominicano que no haya sido señalado, directa o indirectamente, por presuntos vínculos con el narcotráfico, ya sea:

  • por relaciones con figuras posteriormente acusadas o condenadas,
  • por financiamiento político cuestionado,
  • o por casos judiciales internacionales que involucraron a personas cercanas a estructuras de poder.

Es importante subrayar: señalamientos no equivalen a condenas. Pero ese mismo principio no ha sido respetado en el caso venezolano.

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La pregunta entonces se vuelve aún más incómoda:

👉 ¿Aceptarían esos mismos políticos dominicanos que hoy aplauden la presión sobre Venezuela que Estados Unidos decida venir a República Dominicana, ignorar la justicia local y llevarse a todos los funcionarios, empresarios y actores políticos señalados por narcotráfico, sin juicio previo en territorio dominicano?

La respuesta es evidente.

Cuando el criterio cambia según el país

Si mañana una potencia extranjera aplicara contra República Dominicana la misma lógica utilizada contra Venezuela, las posturas cambiarían de inmediato:

  • Lo que hoy llaman “lucha contra el crimen” pasaría a llamarse intervención.
  • Lo que hoy justifican como “defensa de la democracia” sería denunciado como atentado a la soberanía.
  • Y lo que hoy se aplaude como “acción firme” se convertiría en abuso imperial.

Ahí quedaría al desnudo la verdad central de este debate:
no se trata de principios, se trata de conveniencia política.

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El problema no es Maduro, es el precedente

Este análisis no pretende defender al gobierno de Nicolás Maduro, ni negar la profunda crisis política e institucional que atraviesa Venezuela. El verdadero problema es otro:

👉 el precedente que se legitima cuando se acepta que una potencia extranjera actúe como juez, fiscal y policía internacional, según su conveniencia geopolítica.

Porque cuando se normaliza ese criterio, ningún país pequeño está a salvo, y ningún gobierno puede sentirse intocable.

Hoy aplauden, mañana temen

La historia demuestra que quienes hoy aplauden la arbitrariedad cuando se aplica a otros, mañana la temen cuando se acerca a ellos.

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Venezuela es hoy el escenario.
Mañana podría ser cualquier otro país.

Y cuando ese día llegue, muchos de los que hoy celebran, exigirán exactamente lo que hoy niegan:
debido proceso, soberanía y coherencia.

Nota aclaratoria:
Algunas informaciones contenidas en este artículo tienen carácter especulativo, fundamentadas en el análisis de hechos públicos y en el comportamiento reciente de los actores mencionados, así como en una filtración genuina proveniente de una fuente de entero crédito. En virtud de los principios éticos del periodismo y del marco legal nacional e internacional, nos reservamos el derecho de proteger la identidad de dicha fuente, conforme a lo establecido en el Artículo 49 de la Constitución de la República Dominicana, que garantiza la libertad de expresión e información, así como el derecho a mantener el secreto profesional. Este derecho también está respaldado por instrumentos internacionales como el Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y los principios establecidos por la UNESCO y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la libertad de prensa. La protección de nuestras fuentes es no solo un derecho, sino un deber ético frente al interés público y la democracia.

https://youtu.be/tVdXgFrnwJA

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