
Defensor del Pueblo había advertido al Congreso de vulneraciones ley del DNI y ni la oposición le hizo caso y menos el oficialismo
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En un comunicado emitido este lunes, el Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, reveló que en octubre de 2023 había advertido al Congreso Nacional sobre las vulneraciones presentes en el proyecto de ley del DNI que, hoy convertido en la Ley 1-24, regula la Dirección Nacional de Investigaciones.
La institución, a través de una carta dirigida al presidente del Senado, Ricardo de los Santos, expresó sus preocupaciones específicas sobre algunos aspectos de ley del DNI recién aprobada.

Uno de los puntos destacados por el Defensor del Pueblo es el artículo 4, que aborda los principios de actuación de la comunidad de inteligencia nacional. Según la institución, este artículo carece de desarrollo y definición con respecto a los principios específicos, dejando un vacío en cuanto a su aplicación concreta dentro del marco del Estado Social y Democrático de Derecho.
En relación con el artículo 11, que establece la obligatoriedad de entregar información al DNI por parte de instituciones públicas y privadas, el Defensor del Pueblo señaló que, aunque es común en la mayoría de los Estados, en un Estado que se autodenomina "de Derecho", este artículo debería someterse a definiciones más detalladas en cuanto a su alcance y limitaciones.

La carta destaca también la importancia de ajustarse a lo establecido por el Código Procesal Penal, así como las limitaciones clásicas relacionadas con la protección de datos personales, la privacidad, y la intimidad consagradas por la Constitución de la República. Además, el artículo 14 sobre las prohibiciones, según el Defensor del Pueblo, debería ser abordado con mayor profundidad en el mismo texto de la ley, incluyendo restricciones tradicionales para los servicios de inteligencia, como la prohibición de espionaje a funcionarios de otros poderes del Estado y diplomáticos de alto nivel.
El comunicado también pone de manifiesto la necesidad de definir el papel de las misiones y embajadas diplomáticas en las labores de información y manejo de la inteligencia en el extranjero en favor del Estado dominicano, un aspecto que el texto del proyecto ignora.

En un llamado a eliminar ambigüedades, la carta de Pablo Ulloa sugiere la inclusión de definiciones importantes para el objeto de ley del DNI, como inteligencia, contrainteligencia, subversión, insurrección, anti-subversión, seguridad nacional, seguridad interna, agente secreto y agente de inteligencia.
El Defensor del Pueblo lamentó que el Congreso Nacional haya aprobado un proyecto con graves incongruencias y exhortó a realizar las correcciones necesarias, recordando que la Constitución de la República Dominicana establece que el país es un Estado Social Democrático y de Derecho. Este llamado resalta la importancia de salvaguardar los principios fundamentales y garantizar una legislación acorde con los valores democráticos y los derechos de los ciudadanos.
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