Con el decreto 740-20 queda eliminada la gracia de libre circulación a partir del día 31 de diciembre; por consiguiente, el toque de queda y la restricción a la circulación de ese día iniciará a partir de las 7:00 p.m.
De las medidas más relevantes en este decreto están las siguientes: “Se establece que desde el día 1 de enero hasta el 10 de enero de 2021 el toque de queda será desde la 5:00 p.m., hasta las 5:00 a.m., de lunes a viernes, con dos horas de libre tránsito para llegar a sus casas a las 7:00 p.m.”
Se establece también “que los sábados 2 y 9, así como los domingos 3 y 10 de enero de 2021, el toque de queda será desde la 12:00 del mediodía hasta las 5:00 a.m”
También se establece que “los empleados o contratistas de restaurantes, farmacias o colmados que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos, crudos o medicamentos, tendrán permiso para circular hasta las 11 pm, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.”
También dice que “los bares, restaurantes y colmadones no podrán recibir clientes que consuman en sus instalaciones.”
“Desde el 1ro hasta el 10 de enero de 2021, estarán clausurados todos los espacios públicos abiertos al aire libre, tales como parques, malecones, gimnasios y los dedicados a prácticas deportivas, solo con la excepción de torneos profesionales, sin asistencia de público.”
Solo me queda decir “GRACIAS”, a todas esas personas cerebro pensantes, que respetaron el antiguo toque de queda al pie de la letra.
Para una información detallada puede visitar el link de presidencia: https://presidencia.gob.do/decretos/740-20