El poder ejecutivo ordenó este jueves que a partir del próximo lunes 22 de este mes el horario de trabajo de los funcionarios públicos hasta las 3 de la tarde, así como la modalidad de teletrabajo para el 40% de la plantilla. no esencial para la actividad del Estado.
Mediante el Decreto 174-21, el gobierno instruyó a las instituciones a mantener y adoptar las medidas de salud pertinentes en sus respectivos espacios de trabajo, en coordinación con el Ministerio de Administración Pública, Salud Pública y Asistencia Social.
Se recuerda que debido a la circulación del Covid-19 en el territorio nacional y como medida preventiva, las autoridades han ordenado la modificación del horario laboral de las instituciones públicas.
En este sentido, se mantuvo por lo dispuesto en el artículo 15 del decreto 133-21, se publicó lo siguiente:
“Se establece que el horario laboral en el sector público será hasta las 3 de la tarde. y que el 40% del personal de los funcionarios públicos no imprescindibles para la actividad del Estado será enviado a continuar su trabajo a domicilio, por medios tecnológicos que permitan el teletrabajo ”, especifica el artículo 1º de la resolución.
Si el artículo 2 establece que del 40% del personal que trabajará a domicilio, se dará prioridad a los mayores de 65 años, a las mujeres embarazadas, a los que padecen enfermedades clasificadas como de alto riesgo, sea cual sea su edad, como el cáncer. , enfermedad renal y diabetes mellitus tipo II.
Además, aquellos que padecen enfermedades cardíacas graves, asma, personas inmunodeprimidas por trasplantes de médula ósea o de órganos, VIH, uso de corticosteroides u otros fármacos que debiliten el sistema inmunológico y cualquier enfermedad. considerado por las autoridades sanitarias.
El mismo artículo sostiene que ante la reducción temporal del personal involucrado en la aplicación de estas medidas, las autoridades de las entidades y organismos públicos procederán con los movimientos internos de personal necesarios para garantizar los servicios a la ciudadanía.
Darío Castillo explicó que el PMA había adoptado esta medida dado que el presidente Luís Abinader había emitido el Decreto 7-21.
El funcionario recordó que de acuerdo con la Ley 41-08 de la función pública, corresponde al PMA dictar las disposiciones generales relativas a la gestión de los recursos humanos de la administración y garantizar que dicha gestión se lleve a cabo. de manera eficiente y satisfactoria para los servidores. . público y para los ciudadanos.