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¿Cuántas veces puede una persona juramentarse en un partido?

¿Cuántas veces puede una persona juramentarse en un partido?

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Melvin SenaMELVIN SENA/13 JUN DE 2022/1 MIN/0 VISTAS

En la foto de la izquierda, Leonel y sus compañeros afines protestando contra la modificación de la Constitución por allá por el 2019. En la foto de la derecha, los abogados que dizque se juramentan como nuevos miembros del partido Fuerza del Pueblo en 2022. en el PLD y LF tienen un tremendo lio

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No sé cuántas veces una persona puede juramentarse en uno o varios partidos. Lo que si se es que, un partido puede hacer bultos y show con juramentaciones; las veces que quiera, para hacerle creer al pueblo y a los contrarios que todavía está vivo.

O depende, en la FUPU por ejemplo, si te vas del PLD y eres CC, exregidor, exdiputado, te juramentan 3 veces.

Juramentaron a 19 mil en Sabana Perdida en un lugar que no coge 2 mil personas y luego salieron a decir que son los representantes de esos supuestos 19 mil.

Los más importante sería determinar, si esa cantidad de personas(19,000), cómo se movilizan, cómo llegan, quien lo transporta, porqué el partido no da nombres o direcciones; sabemos que quieren demostrar que el partido, está trabajando, pero deberían bajar la cantidad, para que el show sea creíble.

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Al ritmo que la Fuerza del Pueblo de Leonel Fernández, y el PLD de Danilo Medina, están juramentando "nuevos" miembros, van a superar la población Nacional del país 2 veces, algo así como hizo Félix Bautista en San Juan, que sacó 2 veces la población votantes.

En las listas de militantes del PLD y LFP que fueron depositadas en la Junta Central Electoral (JCE) a finales del año pasado se registraron al menos 870.000 repeticiones de nombres.

Lo horrible de las personas que están registradas en más de un partido lo presentan las listas de la Fuerza del Pueblo (FP) y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).

Los de la FP pidieron al pleno de la JCE crear una herramienta que permita la eliminación automática de las repeticiones, tomando como referencia para decidir en qué organización tiene que permanecer el inscrito, la última fecha de afiliación.

Los argumentos de FP están contenidos en el artículo 7 de la Ley de Partidos 33-18, que establece que ningún ciudadano puede afiliarse a más de una organización política y que al afiliarse a otro partido, se renuncia inmediatamente al anterior.

Las juramentaciones son parte espectáculo de los partidos, sin liderazgo genuino, dónde los pobres salen jartos y con sus chelitos.

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