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JEAN ALAIN, DE ACUSADOR DE ODEBRECHT, A PRESO Y ACUSADO.

JEAN ALAIN, DE ACUSADOR DE ODEBRECHT, A PRESO Y ACUSADO.

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Redaccion2REDACCION2/02 OCT DE 2021/1 MIN/0 VISTAS

Con el arresto de 13 per­sonas, el 29 de mayo de 2017, el Ministerio Pú­blico dio el primer paso en procura de lograr san­ciones penales por los so­bornos por 92 millones de dólares que admitió en Nueva York la construc­tora Norberto Odebrecht que pagó en la República Dominicana, a fin de con­seguir contratos de obras en el período 2001-2014.

Al llegar a su fin el pro­ceso judicial en primera instancia, paradójicamen­te el exprocurador Jean Alain Rodríguez, quien armó el expediente acu­satorio como cabeza del Ministerio Público, está cumpliendo 18 meses de prisión preventiva en el centro de corrección y re­habilitación Najayo, acu­sado de actos de corrup­ción, principalmente en la ejecución del Plan de Hu­manización del Sistema Penitenciario.

Fue en la gestión de Ro­dríguez que se desarrolló toda la fase de instrucción, desde las investigaciones, gestiones de órdenes de arresto, solicitud de me­didas de coerción hasta la audiencia preliminar que concluyó con el envío a jui­cio de 6 de las 15 personas que el ministerio público le atribuyó responsabilidad penal.

Transcurrido cuatro años y unos meses de los apresamientos, y poco más de un año del juicio de fon­do, el Primer Tribunal Co­legiado del Distrito Nacio­nal dictará el 14 de octubre la sentencia que establece­rá la culpabilidad o la ino­cencia de las 6 personas juzgadas por soborno y otros delitos.

El juicio concluyó el 30 de septiembre, en momen­tos en el ministerio público está dirigido por la expre­sidenta de la Cámara Pe­nal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Miriam Ger­mán Brito.

La actual procurado­ra tuvo un enfrentamiento verbal con Rodríguez du­rante las entrevistas de eva­luación a los aspirantes a jueces de la SCJ en el 2019, por haber cuestionado su honestidad.

Al asumir la Procuradu­ría general, Germán Brito decidió inhibirse de parti­cipar en el caso Odebrecht, dado que le tocó conocer la apelación de las medidas de coerción.

Con ocasión del cono­cimiento de los recursos de apelación a las medi­das de coerción impuesta a los acusados de los sobor­nos de Odebrecht, en julio de 2017, en su calidad de presidenta de la sala pe­nal de la SCJ, cuestionó el expediente presenta­do por el ministerio públi­co, señalando que “tiene dificultades para probar la acusación” y de que si no mejoraba “no tendrán éxi­to en un posible juicio de fondo”.

El proceso por parte del Ministerio Público quedó a cargo de la directora nacio­nal de Persecución, la exfis­cal del Distrito Nacional, Ye­ni Berenice Reynoso, junto con el procurador especia­lizado contra la Corrupción Administrativa, Wilson Ca­macho. En junio de 2021, Germán Brito también anunció que no será par­te de ningún proceso legal que involucre a Rodríguez.

En la etapa de juicio de fondo, que inició el 21 de septiembre de 2020, fue­ron juzgados Angel Ron­dón, Víctor Díaz Rúa; An­drés Bautista; el exdirector de Inapa, Roberto Rodrí­guez; el exsenador Tommy Galán, y el abogado nota­rio, Conrado Pittaluga.

Soborno en el comercio, proscripción de la corrupción, lavado de activos, asociación de malhechores, coalición de funcionarios y prevaricación, falsedad en declaración de bienes son los delitos que se le atribuye a los enjuiciados, por lo cual el Ministerio Público pidió condenas de entre 5 y 10 años de prisión.

Todos los imputados negaron haber incurrido en esas infracciones, por lo que pidieron a las juezas que disponga su absolución.

A todos se les conoció el proceso estando en libertad bajo fianza, luego que en la fase de revisión y de apelación le fue variada la prisión preventiva que principio le impuso el juez especial de la Instrucción Francisco Ortega Polanco.

Tres juezas son las responsables de determinar la responsabilidad penal de los imputados: Gisell Méndez, presidenta del tribunal, Tania Yunes y Jisell Naranjo.

Jurisdicción privilegiada

La fase de instrucción fue conocida en la SCJ, debido a que varios de los acusados gozaban de jurisdicción privilegiada porque eran legisladores. Luego, el Pleno de la SCJ separó el proceso, dejando en la Sala Penal de la SCJ al senador Tommy Galán y declinando a primera instancia a los otros 5. Más tarde, correspondió al tribunal ordinario conocer el juicio a todos, debido a que ya Galán no era legislador.

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