
La justicia independiente le manda un meta mensaje a LF- Pepca solo apela sentencia de Díaz Rúa y Conrado Pittaluga
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El Ministerio Público está convencido de que solo a dos de los seis imputados en el caso Odebrecht se les debe modificar la pena y por ello interpuso un recurso de apelación con el que busca aumentar la pena del exministro Víctor Díaz Rúa de cinco a 10 años. Desde la prisión
La instancia acusadora, además, solicitó a la Corte de Apelaciones del Distrito Nacional que imponga siete años de prisión al abogado Conrado Pittaluga, quien fue absuelto de la acusación, tal como había solicitado en el juicio.
Con esto, se podría decir que los fiscales anticorrupción están de acuerdo con la condena de ocho años impuesta al empresario Ángel Rondón, contra quien solicitaron 10 años de prisión. Esa misma pena de 10 años de prisión había sido solicitada para Díaz Rúa.
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Ángel Rondón y Víctor Díaz Rúa fueron los únicos dos condenados a prisión en noviembre pasado por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
El tribunal absolvió a Corando Pittaluga, a los exsenadores Andrés Bautista y Tommy Galán, y al exfuncionario Roberto Rodríguez.
Según las explicaciones de los juristas, ante los sobreseídos (a excepción de Pittaluga), la Fiscalía Especializada en Corrupción Administrativa (Pepca) no recurrió, por lo que su absolución sigue firme.
Aunque Pepca solo apeló contra el alta de Pittaluga, cuando el tribunal dio a conocer su fallo, su titular, Wilson Camacho, afirmó que "una vez que se nos notifique en su totalidad la decisión, la apelaremos en relación con las personas que han sido dadas de alta".
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Este martes fue el último día que tienen las defensas de Rondón y Díaz Rúa para presentar sus recursos buscando la nulidad de la sentencia de ocho y cinco años, respectivamente. El escrito deberá ser depositado en la Secretaría del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que dictó la sentencia, para que sea remitido a la Corte de Apelaciones del Distrito Nacional.
Una vez que el escrito llegue al Juzgado, éste fijará la fecha para conocerlo. Al resolver, el tribunal de apelación podrá rechazar el recurso, en cuyo caso se confirmará o declarará procedente la decisión apelada, con lo cual podrá directamente dictar sentencia u ordenar un nuevo juicio.
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