Al el alcalde Jiménez decidió contratar una flota de camiones para recolectar basura en la circunscripción número 2, sin consultar a los miembros del consejo de regidores.
Estos contratos se realizaron sin que se hubiera aprobado ninguna licitación por el consejo de regidores como reza la ley explícitamente, por lo que, al parecer, el alcalde Jiménez decidió saltarse algunos de los trámites exigidos por las leyes de contratación pública de los ayuntamientos.
Manuel Jiménez con este accionar ya por ignorancia ( que no creemos que sea esta la razón), por farta de un plan efectivo para desempeñar sus funciones o por un equipo de asesores que no son saben donde estan parado.
Según el artículo 21 párrafo 4 ser condenado por dicha violación estaría enfrentado una sanción con penas de 2 a 5 años de
prisión, con el pago de una indemnización de cinco (5) a veinte (20) salarios mínimos, así como también a la inhabilitación para el servicio público prevista por la legislación penal dominicana para estos casos.
De esto ser cierto también el tesorero del ayuntamiento el señor Lic. Neri Elauterio Martinez Ortiz debe saber cómo hace sus cosa porque la ley también tiene lo sanciona a él de manera drástica. Ya que en el párrafo 3 dice: En el caso de que el tesorero y el contralor municipal no
denuncien ante las autoridades de control y persecución competentes, se castigarán como infractores y de acuerdo con la sanción antes mencionada.
proceso judicial en su contra puesto que él no debe actuar más allá de lo que le establecen las leyes.