
¿PROTESTAR CONTRA EDENORTE ES UN DELITO? DETIENEN A DOS DIRIGENTES EN PUERTO PLATA POR RECLAMAR APAGONES Y ALTAS FACTURAS
Por Melvin Sena | HackeandoElSistema.net Lo ocurrido este martes 3 de noviembre en Puerto Plata merece una explicación pública. La Policía Nacional arrestó al dirigente sindical Jo...
Por Melvin Sena | HackeandoElSistema.net
Lo ocurrido este martes 3 de noviembre en Puerto Plata merece una explicación pública. La Policía Nacional arrestó al dirigente sindical Jorge López y al dirigente comunitario Winston Ramos, conocido como «El Profe», cuando se dirigían a las oficinas de Edenorte para realizar una protesta en reclamo por los apagones y las altas facturas eléctricas.
Su intención, según las informaciones publicadas, era encadenarse frente a las instalaciones de la distribuidora, en la calle Beller, como forma de llamar la atención sobre un problema que afecta a los usuarios del servicio eléctrico. Ambos fueron trasladados a la Dirección Regional Norte de la Policía.
Y aquí comienza la pregunta que las autoridades tienen que responder: ¿cuál era el fundamento legal para detener a dos ciudadanos que se disponían a realizar una protesta pacífica?
La Constitución no exige permiso para protestar
El artículo 48 de la Constitución dominicana reconoce el derecho de toda persona a reunirse, sin permiso previo, con fines lícitos y pacíficos.
El artículo 49 protege la libertad de expresión y el derecho a expresar pensamientos, ideas y opiniones sin censura previa.
No son derechos decorativos ni concesiones del Gobierno de turno. Son garantías constitucionales que deben respetar todas las instituciones del Estado, incluida la Policía Nacional.
Es importante precisar que el ejercicio de la protesta debe respetar los derechos de terceros y las normas aplicables al uso de los espacios públicos. La notificación a las autoridades puede servir para coordinar la seguridad y el tránsito, pero no debe confundirse con una autorización discrecional para permitir o prohibir una manifestación.
Ahora bien, si los dirigentes fueron arrestados exclusivamente por anunciar o intentar realizar una protesta pacífica, estaríamos ante una actuación que plantea serias dudas de constitucionalidad.
La Policía debe explicar qué conducta concreta justificó la detención, qué disposición legal invocó y si existía alguna situación real que justificara una medida de esa naturaleza.
No basta con detener primero y explicar después.
¿Y quién defiende a los usuarios de Edenorte?
Hay otra parte de esta historia que no podemos ignorar: el servicio eléctrico.
Los ciudadanos pagan facturas cada mes y esperan recibir un suministro estable, continuo y de calidad. Sin embargo, los reclamos por interrupciones, apagones y montos elevados en las facturas forman parte del malestar expresado por los usuarios.
¿Qué ocurre cuando una familia paga religiosamente su factura, pero no recibe un servicio con la continuidad que necesita?
¿Qué sucede con los comerciantes que pierden mercancías, los pequeños negocios que deben comprar combustible para plantas eléctricas y los hogares que tienen que reorganizar su vida alrededor de los apagones?
Las distribuidoras no pueden exigir puntualidad absoluta al consumidor mientras los usuarios tienen que soportar interrupciones recurrentes y dificultades para obtener respuestas.
Cobrar por un servicio implica una responsabilidad frente al consumidor. La electricidad no es un favor que Edenorte le hace a la población; es un servicio público esencial por el que los ciudadanos pagan.
Y cuando existen interrupciones, las facturas y los mecanismos de reclamación deben ser transparentes. Los usuarios tienen derecho a conocer cómo se calcula lo que pagan, qué compensaciones o ajustes corresponden cuando procedan y dónde pueden reclamar.
El Estado no puede proteger más a la empresa que al ciudadano
La función de la Policía es proteger los derechos y garantizar la seguridad, no convertirse en un instrumento para intimidar a quienes reclaman frente a una institución o empresa.
La Ley 107-13 establece principios que deben orientar la actuación de la Administración Pública, entre ellos la legalidad, la proporcionalidad, la transparencia y el respeto a los derechos de las personas. Estos principios también obligan a justificar las actuaciones de las autoridades dentro del marco legal correspondiente.
Por eso, el Ministerio de Interior y Policía, la Dirección General de la Policía Nacional y la Procuraduría General de la República deben aclarar las circunstancias de estos arrestos.
También corresponde a Edenorte responder públicamente a los reclamos por apagones y facturación. No puede limitarse a guardar silencio mientras los usuarios acumulan frustración y buscan mecanismos para ser escuchados.
No estamos defendiendo que se viole la ley, se obstruyan servicios esenciales o se afecten los derechos de terceros. Estamos defendiendo algo elemental: que la ley se aplique sin abusos y que las autoridades no confundan el orden público con el silenciamiento de la ciudadanía.
La pregunta que queda en el aire
En una democracia, los ciudadanos no tienen que quedarse callados para evitar problemas con las autoridades. Tienen derecho a reclamar, exigir explicaciones y manifestar su inconformidad dentro de los límites constitucionales.
Si dos dirigentes comunitarios terminan detenidos cuando intentaban llamar la atención sobre un servicio eléctrico deficiente, mientras miles de usuarios continúan pagando facturas que consideran injustas, el problema trasciende a Edenorte y alcanza la calidad de nuestra democracia.
¿Quién responde por los apagones? ¿Quién responde por las facturas? ¿Y quién responde por la detención de quienes decidieron protestar?
El ciudadano no puede ser tratado como un problema por exigir que una empresa cumpla con su responsabilidad.
La electricidad se paga. Los derechos no se negocian. Y protestar pacíficamente no debe convertirse en motivo de persecución.
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