
Carlos Bonilla: un historial de preguntas que el Gobierno de Luis Abinader todavía tiene que responder
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Presidente Abinader, ¿cuándo una acumulación de denuncias deja de ser un problema político y empieza a ser un problema de Estado?
Hay una pregunta que el presidente Luis Abinader debería responderle al país.
No se trata de condenar a nadie desde un periódico, ni de sustituir al Ministerio Público o a los tribunales. Se trata de algo mucho más elemental: ¿qué debe hacer un gobierno que se autoproclamó defensor de la transparencia cuando sobre uno de sus principales funcionarios se acumulan operaciones, contratos, denuncias y cuestionamientos que, de ser comprobados, podrían constituir actos de corrupción?
El caso de Carlos Bonilla merece precisamente esa pregunta.
Durante su paso por el Ministerio de Vivienda y Edificaciones se han acumulado señalamientos relacionados con terrenos públicos, contrataciones de emergencia, posibles conflictos de interés, operaciones inmobiliarias, viajes vinculados a negocios privados, relaciones con funcionarios extranjeros posteriormente involucrados en escándalos de corrupción y, más recientemente, cuestionamientos sobre la responsabilidad estatal en la supervisión de edificaciones.
Cada asunto, tomado individualmente, puede tener una explicación legal.
El problema es la acumulación.
Y cuando la acumulación alcanza determinadas dimensiones, la respuesta de un gobierno serio no debería ser el silencio, sino una investigación independiente, documentada y transparente.
1. El Canódromo: RD$298 millones y una empresa vinculada a Bonilla
El Estado dominicano vendió por aproximadamente RD$298 millones los terrenos donde funcionaba el Canódromo El Coco a CBS Developments, empresa vinculada a Carlos Bonilla. La operación fue revelada por Diario Libre y posteriormente documentada a partir de informaciones del Banco Central.
Aquí es necesario ser rigurosos.
El proceso de venta no comenzó cuando Bonilla era ministro. Según la documentación publicada, el procedimiento se inició en 2017 y el Comité de Política para la Realización de Activos del Banco Central aprobó la compra en agosto de 2020, antes de que Bonilla asumiera formalmente funciones públicas.
Pero existe una segunda parte que sí merece escrutinio: la operación se concretó mientras Bonilla ya ejercía funciones en el Gobierno, y posteriormente su ministerio quedó involucrado en la construcción de un nuevo centro de retención vehicular.
Eso explica por qué la operación no puede despacharse simplemente diciendo que "todo ocurrió antes de que fuera funcionario".
La pregunta correcta es:
¿qué participación tuvo Bonilla, directa o indirectamente, en cualquier decisión administrativa relacionada con esos terrenos después de asumir el cargo?
Y otra:
¿existió alguna ventaja patrimonial derivada de información privilegiada, decisiones administrativas o actuaciones posteriores al ingreso de Bonilla al Gobierno?
Eso es investigable.
Y si se demostrara que un funcionario utilizó su posición para obtener un beneficio económico propio o de terceros, la Constitución no deja mucho espacio para la interpretación política.
El artículo 146 de la Constitución condena toda forma de corrupción y establece sanciones para quien, aprovechando su posición en el Estado, obtenga para sí o para terceros un provecho económico o proporcione ventajas a relacionados.
2. El Estado vendía el viejo Canódromo y simultáneamente construía otro por más de RD$500 millones
Hay otro dato que vuelve la historia todavía más incómoda.
Mientras se producía la operación de los terrenos del antiguo Canódromo, el Gobierno, a través del MIVED, desarrollaba un nuevo Centro de Retención Vehicular para DIGESETT.
La obra fue contratada por RD$500,086,230.69.
El Gobierno explicó que los terrenos del nuevo centro fueron donados por el Consejo Estatal del Azúcar y que la obra respondía a una solicitud de DIGESETT.
Eso puede ser perfectamente legítimo.
Pero la combinación de ambos hechos produce una pregunta inevitable:
¿cuál fue el análisis económico que justificó que el Estado vendiera una propiedad de 154,218 metros cuadrados y, paralelamente, comprometiera más de RD$500 millones en construir una instalación sustitutiva?
No estamos diciendo que construir el nuevo centro sea ilegal.
Estamos preguntando si existió un análisis de costo-beneficio, si la decisión protegió adecuadamente el patrimonio público y si alguien verificó que no existiera un conflicto de interés.
Porque la transparencia no consiste solamente en publicar un contrato.
Transparencia también significa demostrar que la decisión fue conveniente para el Estado.
3. Las emergencias: aproximadamente RD$8,000 millones bajo cuestionamiento
Aquí el asunto adquiere una dimensión todavía mayor.
Investigaciones periodísticas señalaron que el MIVED destinó aproximadamente RD$8,000 millones en procesos de emergencia, con cuestionamientos relacionados con duplicidad de funciones, gastos excesivos, falta de información sobre beneficiarios y procesos cuya ejecución habría avanzado lentamente.
En el caso específico de Fiona, un informe del propio MIVED registró contrataciones por RD$1,867,712,976.17 en dos procesos relacionados con reparación y reconstrucción de viviendas, mientras se reportaban solamente 465 viviendas intervenidas de 6,475 contratadas en el momento analizado.
Además, se cuestionó la adquisición de vehículos y la utilización de procesos de emergencia para comprar asfalto, una actuación que Bonilla defendió públicamente explicando que sería utilizado en proyectos habitacionales y calles asociadas a las intervenciones.
Aquí tampoco corresponde afirmar que hubo corrupción simplemente porque hubo contratación de emergencia.
Pero sí corresponde preguntar:
¿Quién verificó que cada contratación era necesaria?
¿Quién verificó los precios?
¿Quién comprobó que los trabajos realmente se ejecutaron?
¿Quién determinó que no existía duplicidad con otras instituciones?
Y, sobre todo:
¿qué consecuencia administrativa o penal tuvo cualquier irregularidad que haya sido detectada?
La Ley 10-04 de la Cámara de Cuentas establece que, cuando sus auditorías encuentren indicios de responsabilidad penal, debe informarse al Ministerio Público y a las demás autoridades competentes. La misma legislación contempla responsabilidades por pérdida o menoscabo de recursos públicos.
Por eso, una investigación sobre estos procesos no sería una persecución política.
Sería exactamente lo que exige el sistema de control del Estado.
4. Punta Cana: un contrato de más de RD$295 millones que levantó una bandera roja
Este probablemente sea uno de los episodios que más directamente exige una explicación.
En 2024, OGTIC adjudicó un contrato superior a RD$295 millones para el alquiler de un local destinado a un Punto GOB en Punta Cana.
Reportajes periodísticos señalaron que el inmueble estaba relacionado con el fideicomiso Velero at Punta Cana, en el cual aparece vinculada CBS Developments y, según documentación citada públicamente, Carlos Bonilla.
El propio director de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, reconoció posteriormente que dentro del fideicomiso existía una empresa en la que Bonilla poseía más del 10% y cuestionó que la debida diligencia realizada por OGTIC no hubiera alcanzado las estructuras reales de propiedad.
Aquí aparece una cuestión jurídica particularmente seria.
La Ley 340-06 establece impedimentos para participar en contrataciones públicas cuando existe participación societaria de funcionarios con poder de decisión, y contempla la nulidad de las propuestas y contratos celebrados en contravención de sus disposiciones.
Y hay otro elemento todavía más delicado: el contrato terminó siendo cuestionado porque el local ni siquiera estaba construido cuando se produjo la adjudicación.
La situación llegó a generar una querella ante la Procuraduría General de la República contra Bonilla y el entonces director de OGTIC, Bartolomé Pujals, por supuesta asociación de malhechores, prevaricación y coalición de funcionarios.
Eso significa que aquí sí hubo una acción formal ante la justicia.
La pregunta para el Gobierno es mucho más sencilla:
¿Qué hizo el Estado después de recibir esa denuncia?
5. Albania: un viaje "personal" que terminó acompañado de un anuncio de 10,000 viviendas
En noviembre de 2024, Eco Buildings Group anunció que había recibido una carta de intención relacionada con 10,000 viviendas modulares para República Dominicana, valoradas por la empresa en US$237 millones. La delegación que visitó sus instalaciones en Albania fue encabezada por Carlos Bonilla.
Bonilla explicó posteriormente que el viaje había tenido carácter personal y que él no había firmado un contrato gubernamental. También aclaró que la carta de intención había sido firmada por una empresa privada dominicana, Gramma Constructora, y no directamente por el Gobierno.
Perfectamente.
Pero entonces quedan preguntas:
¿Por qué una empresa extranjera presentó públicamente la visita como una delegación encabezada por el ministro dominicano?
¿Por qué anunció un proyecto de 10,000 viviendas relacionado con República Dominicana?
¿Quién pagó el viaje?
¿Hubo contactos comerciales privados paralelos?
¿Tenía el funcionario algún interés económico directo o indirecto relacionado con el proyecto?
No hace falta acusar a nadie de corrupción para exigir esas respuestas.
Basta con aplicar la lógica elemental de la transparencia.
6. Sada Goray: la conexión dominicana que también merece explicación
En marzo de 2022, funcionarios peruanos vinculados posteriormente al escándalo de Sada Goray viajaron a República Dominicana y se reunieron con Carlos Bonilla. Entre ellos estaban Salatiel Marrufo, José Carlos Forero y Pedro Arroyo. La reunión fue reportada por medios peruanos dentro de sus investigaciones sobre el caso.
Esto no significa que Bonilla fuera parte de la trama de corrupción peruana.
No existe base suficiente para afirmarlo.
Pero sí existe un hecho verificable:
hubo una reunión oficial con funcionarios que posteriormente quedaron vinculados a una investigación de corrupción en Perú.
Por tanto, sería razonable conocer:
- ¿Qué se discutió?
- ¿Quién organizó la reunión?
- ¿Cuál era su objetivo?
- ¿Qué documentos se intercambiaron?
- ¿Hubo acuerdos posteriores?
- ¿Participaron empresas privadas?
- ¿Hubo algún beneficio económico para alguna de las partes?
Un Gobierno que predica transparencia debería poder contestar esas preguntas sin dificultad.
7. Jet Set: cuando la supervisión del Estado también puede generar responsabilidad
La tragedia del Jet Set introdujo otra dimensión al caso.
Familiares de víctimas presentaron una demanda patrimonial contra el Estado, el Ayuntamiento del Distrito Nacional y Carlos Bonilla, alegando omisiones antijurídicas en materia de fiscalización y supervisión. La reclamación fue presentada ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Aquí nuevamente debemos ser precisos.
Una demanda no equivale a una condena.
Pero tampoco puede ignorarse.
La Constitución dominicana establece en su artículo 148 la responsabilidad patrimonial de las personas jurídicas de derecho público y de sus funcionarios por los daños y perjuicios ocasionados por actuaciones u omisiones antijurídicas.
Por eso la discusión no es simplemente política.
Es jurídica.
Si una investigación determina que una institución tenía un deber concreto de fiscalización, que existieron omisiones relevantes y que esas omisiones guardaron relación causal con daños, entonces puede existir responsabilidad patrimonial.
Y eso corresponde determinarlo a los tribunales.
8. Santiago: 43 edificios y más de 3,000 apartamentos sobre terrenos privados
En enero de 2025 fue presentada una querella contra Carlos Bonilla y el director del Instituto Agrario Dominicano por un conflicto relacionado con terrenos en Santiago donde se construyeron 43 edificios con más de 3,000 apartamentos.
Los denunciantes alegaron que los terrenos privados fueron utilizados sin que sus propietarios recibieran una indemnización acorde con el valor de mercado.
Otra vez: una querella no demuestra culpabilidad.
Pero sí obliga a preguntar:
¿Existió expropiación?
¿Hubo declaración de utilidad pública?
¿Se pagó el justo precio?
¿Quién determinó el valor?
¿Se cumplió el procedimiento legal?
¿Quién autorizó la ocupación?
¿Quién se benefició?
Y si el Estado utilizó terrenos privados sin cumplir las garantías constitucionales y legales, ¿quién responderá por el perjuicio causado?
¿Y qué dice la ley sobre todo esto?
La discusión no tiene que quedarse en consignas políticas.
La propia Constitución dominicana establece en su artículo 146 que la corrupción está proscrita y que deben sancionarse quienes, valiéndose de posiciones públicas, obtengan provecho económico para sí o para terceros o proporcionen ventajas a relacionados. También ordena la restitución de lo apropiado ilícitamente cuando exista condena.
Además, la Ley 340-06 establece impedimentos y nulidades en materia de contratación pública cuando existen conflictos de interés o participación prohibida de funcionarios.
La Ley 311-14 obliga a los funcionarios de alto nivel, incluidos los ministros, a presentar declaraciones juradas de patrimonio y contempla sanciones por falseamiento de datos, incluyendo prisión de uno a dos años y multa de 20 a 40 salarios mínimos del Gobierno Central.
Y ahora existe además un nuevo Código Penal, la Ley 74-25, que entró en aplicación en agosto de 2026. Su artículo 284 define la corrupción pública como, entre otras conductas, utilizar la posición dentro del Estado para obtener provecho económico para sí o para terceros o utilizar bienes públicos para beneficio particular.
El artículo 285 establece, dependiendo del monto involucrado, penas que pueden llegar a 10 a 20 años de prisión, multas de hasta 20 veces la suma involucrada y períodos de inhabilitación para ejercer funciones públicas de hasta 30 años.
El nuevo Código también contempla figuras como la prevaricación de funcionarios, cuya pena puede alcanzar de cinco a diez años de prisión mayor.
En materia de malversación, el nuevo Código contempla sanciones específicas para el funcionario que dé fraudulentamente a fondos públicos una aplicación distinta a la legalmente prevista, así como penas mucho mayores para el peculado.
Pero aquí existe una advertencia jurídica fundamental: los hechos ocurridos antes de la entrada en vigor del nuevo Código Penal no pueden simplemente recibir retroactivamente las penas más graves de la Ley 74-25. La determinación de la norma aplicable corresponde a los tribunales, conforme a los principios de legalidad y no retroactividad de la ley penal desfavorable.
Presidente Abinader: esto ya no se puede resolver con silencio
Presidente Abinader:
Usted llegó al poder prometiendo algo que la sociedad dominicana llevaba décadas esperando: que el Estado dejara de ser un instrumento para beneficiar a los políticos, sus familiares, sus amigos y sus relacionados.
Usted habló de transparencia.
Habló de institucionalidad.
Habló de independencia de la justicia.
Habló de que nadie estaría por encima de la ley.
Y muchos dominicanos le creyeron.
Por eso precisamente resulta tan incómodo preguntarle:
¿Dónde está esa institucionalidad cuando las preguntas involucran a funcionarios de su propio gobierno?
Porque no estamos hablando de una sola denuncia.
Estamos hablando de una sucesión de casos:
RD$298 millones por los terrenos del Canódromo.
Más de RD$500 millones para construir un nuevo centro de retención.
Procesos de emergencia que alcanzaron miles de millones de pesos.
Un contrato de más de RD$295 millones en Punta Cana vinculado, según las denuncias y documentos citados, a una estructura empresarial relacionada con el entonces ministro.
Un viaje a Albania alrededor del cual surgieron interrogantes sobre una operación de 10,000 viviendas.
Una reunión con funcionarios peruanos posteriormente envueltos en uno de los grandes escándalos de corrupción de ese país.
Una demanda patrimonial por la tragedia del Jet Set.
Y una querella por terrenos utilizados para construir más de 3,000 apartamentos en Santiago.
Cada uno de estos casos puede tener una explicación.
Pero si cada caso tiene una explicación, ¿por qué no se produce una investigación integral que permita conocerla?
La justicia no puede funcionar solo cuando el acusado no pertenece al Gobierno
Esta es quizás la parte más delicada de todo el asunto.
Porque si un gobierno persigue la corrupción únicamente cuando el señalado pertenece a la oposición, eso no es institucionalidad.
Es utilización política de la justicia.
La verdadera prueba de un gobierno anticorrupción ocurre cuando las denuncias alcanzan a los propios.
Si Carlos Bonilla es inocente, una investigación independiente debería demostrarlo.
Si los contratos fueron legales, que los documentos lo acrediten.
Si no existió conflicto de interés, que se expliquen las estructuras societarias.
Si los procesos de emergencia fueron correctos, que se publiquen las auditorías.
Si el Estado cumplió con su deber de fiscalización en el Jet Set, que los tribunales lo determinen.
Si los terrenos de Santiago fueron adquiridos conforme a la ley, que se exhiban los títulos, tasaciones, procesos de expropiación y pagos.
Y si alguna actuación constituyó corrupción, entonces que caiga quien tenga que caer.
Eso fue precisamente lo que muchos dominicanos entendieron cuando votaron por un cambio.
Abinader terminó enfrentándose al mismo fantasma que decía combatir
Hay una ironía política que el presidente no debería ignorar.
Luis Abinader llegó al poder criticando las prácticas de los gobiernos que lo precedieron.
Prometió demostrar que el PRM podía gobernar de otra manera.
Pero seis años después, el desafío ya no es demostrar que los gobiernos anteriores fueron corruptos.
El desafío es demostrar que este Gobierno sabe investigar a los suyos.
Porque si la respuesta institucional frente a una acumulación de denuncias es proteger políticamente al funcionario, guardar silencio o esperar que el tema desaparezca de los titulares, entonces el problema deja de ser Carlos Bonilla.
Se convierte en un problema de Luis Abinader.
Porque un ministro puede cometer una irregularidad.
Un funcionario puede equivocarse.
Un contratista puede intentar aprovecharse del Estado.
Pero cuando las denuncias llegan repetidamente y el poder político no responde, aparece una responsabilidad distinta:
la responsabilidad del jefe del Gobierno de garantizar que el Estado investigue.
Todavía queda una esperanza
Y precisamente por eso todavía tenemos esperanza.
No la esperanza de que Carlos Bonilla sea condenado.
Ni siquiera la esperanza de que sea culpable.
La esperanza es mucho más sencilla:
que algún día el Gobierno de Luis Abinader permita que estos casos sean investigados sin importar quién esté involucrado.
Porque eso sería coherente con el discurso con el que llegó al poder.
Porque la justicia no puede ser selectiva.
Porque la transparencia no puede depender de quién aparezca en el expediente.
Y porque si el presidente termina convertido en aquello que durante años criticó —o incluso en algo peor— no será únicamente porque algunos de sus funcionarios hayan sido cuestionados.
Será porque él tuvo la oportunidad de investigar y decidió no hacerlo.
Presidente Abinader, todavía está a tiempo de demostrar que nos equivocamos.
Investigue.
Audite.
Publique.
Someta a la justicia lo que corresponda.
Y absuelva públicamente, con documentos, a quien resulte inocente.
Porque al final, la mejor defensa de un gobierno acusado de tolerar corrupción no es el discurso del presidente.
Es una justicia que pueda investigar incluso al poder que la nombró.
Nota editorial
Este artículo no afirma que Carlos Bonilla haya cometido los delitos mencionados. Recoge hechos documentados, denuncias, querellas, demandas y cuestionamientos públicos y analiza las posibles consecuencias jurídicas si las autoridades competentes llegaran a acreditar los hechos y elementos constitutivos de las infracciones correspondientes. La determinación de responsabilidad penal o civil corresponde exclusivamente a las autoridades y tribunales competentes.
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